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Actualidad Inmobiliaria

22 de Septiembre de 2011

Más de 20 mil jubilados no pagarán el Inmobiliario

Gracias a la última ley impositiva sancionada por unanimidad en la Legislatura provincial.
LA PLATA Corresponsalía del diario La CapitalMDP- En la costa bonaerense 21.657 jubilados quedarán exentos de pagar el impuesto Inmobiliario gracias a la última ley impositiva sancionada por unanimidad en la Legislatura provincial, a instancias de un proyecto enviado por el gobierno de Daniel Scioli y que beneficiará en total a unos 300 mil residentes en todo el territorio provincial.

 

De aquel total, 20.106 tienen domicilio en General Pueyrredon, 1.246 en el Partido de la Costa y otros 305 en Pinamar, según datos aportados por la Agencia de Recaudación (ARBA), que conduce Martín Di Bella.

El titular de ARBA aseguró que esta es una iniciativa ?absolutamente justa que reconoce a quienes dieron los mejores años de su vida para construir nuestra Provincia?. Además, los jubilados ?son uno de los sectores de la sociedad que posee mayor cumplimiento a la hora de pagar los impuestos, tal vez porque tienen presente como nadie la dignidad, el orgullo y el compromiso que implica estar al día con el fisco" destacó el economista en declaraciones radiales.

De acuerdo con lo informado por la Gerencia de Contribuyentes e Impuestos, el trámite de exención no actúa de manera automática, por lo que quienes estén en condiciones de acceder al beneficio deben dirigirse al centro de atención de Arba más próximo a su domicilio, o bien acceder a www.arba.gov.ar

Requisitos para acceder al beneficio de la ley

Pueden tramitar la exención impositiva los jubilados o pensionados que cumplan las siguientes condiciones:

* Ser propietario, usufructuario o poseedor de un solo inmueble.

* La valuación fiscal de la propiedad debe ser inferior a 200.000 pesos.

* Los ingresos jubilatorios tienen que ser inferiores a dos haberes mínimos; (en caso de un matrimonio, se debe sumar el haber del cónyuge y, en conjunto, el ingreso no puede superar $2.868).

* El trámite de exención es gratuito y se hace efectivo al presentar: DNI; recibos de jubilación o pensión de los últimos 4 meses; escritura; acta de toma de posesión o boleto; recibo de servicio público a cargo del solicitante u otro para acreditar domicilio.

 

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